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Primer pago Contribuciones 2025 vence el 30 de abril
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Primer pago Contribuciones 2025 vence el 30 de abril

Propietarios deben cumplir con obligación para beneficio municipal, adultos mayores pueden estar exentos

13 de abril de 2025

Como cada año durante el mes de abril se inicia el proceso del pago de las contribuciones sobre bienes raíces, también conocidos como el impuesto territorial, que deben cancelar los propietarios de bienes raíces sobre los que aplica el avalúo fiscal.

El valor de las contribuciones dependerá también de si se trata de bienes raíces de carácter agrícola, o no agrícola. En ese sentido existen varias formas de realizar el pago, siendo una de ellas y la mas recomendada la que se hace a través del sitio web de la Tesorería General de la República, aunque también se puede cancelar en sucursales bancarias, Sencillito y Caja Vecina, presentando el cupón que se obtiene de la Tesorería, a través de los distintos canales de atención, y luego de presentar el número de rol de la propiedad, región y comuna.

Al respecto, el economista y contador Aureliano Rudas Villasmil, especialista en el área tributaria, señaló que quienes deben pagar las contribuciones 2025 son los propietario o propietarias  de un bien raíz que debe pagar sus contribuciones, hazlo en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII). Además, podrás solicitar el certificado de información de pagos y el listado de propiedades para el pago de las contribuciones.

“Deben pagar contribuciones tanto por las propiedades rurales destinadas a la agricultura, como por las propiedades urbanas, que incluyen casas, departamentos, estacionamientos y bodegas, que obviamente estén sujetas a dicho pago, según la Ley N° 17.235. Claro que hay excepciones a esos pagos, Por ejemplo, para el primer semestre de este año, el monto exento de impuesto para los bienes raíces residenciales es de 56.846.995 pesos, es decir que si la propiedad tiene un avalúo igual o inferior a ese monto, el propietario no tiene que pagar contribuciones”.

De acuerdo con la Tesorería, siete de cada diez viviendas en el país y otros inmuebles registran un avalúo inferior al monto establecido, por lo que están exentos del pago de contribuciones.

Precisó que también hay algunas personas que no están obligadas a realizar dicho pago.

“En el caso de las personas, y según lo que estipula la ley de Modernización Tributaria, quedan exentos del pago de contribuciones de bienes raíces los adultos mayores cuyos ingresos equivalgan o sean menores a $669 mil mensuales, y se reducen las contribuciones a la mitad si los ingresos son de un monto cercano a $1,5 millones mensuales”, explicó.

Aportes

En tal sentido, y a través del portal de la institución, el Tesorero General de la República, Hernán Nobizelli, destacó que las contribuciones van en directo beneficio de los 345 municipios del país.

Explicó que alrededor de un tercio de este tributo queda en cada municipio y los otros dos tercios pasan al Fondo Común Municipal, “mecanismo que distribuye recursos desde las comunas de altos ingresos a las de menores ingresos”, explicó el Tesorero General.

Nobizelli hizo un llamado a los adultos mayores en situación de vulnerabilidad a revisar en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, si califican para la rebaja de contribuciones.

Recordó que en 2024, la recaudación proveniente del Impuesto Territorial alcanzó los $2,5 billones, cifra que representa un aumento nominal (sin considerar la variación del IPC) de 10,9%, en comparación con el año anterior, e invitó a conocer los resultados completos de la recaudación por contribuciones en 2024, que están disponibles en el sitio de publicaciones de documentos en tgr.cl.

Plazos

Si bien el proceso es obligatorio según determinadas condiciones, los contribuyentes que tengan que cumplir con esa norma podrán optar por pagar una cuota anual o ambas cuotas correspondientes a los dos primeros trimestres del año (en este caso abril y junio), en un solo trámite, ahorrando importantes recursos.

El 30 de abril vence el plazo para pagar la primera de las cuotas, mientras las fechas del resto de las cuotas se pueden cancelar antes del 30 de junio, 30 de septiembre y 30 de noviembre respectivamente.




Fuente: DiarioElDia Región

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