Ya comenzó la Operación renta 2025, periodo en el que millones de contribuyentes deben declarar sus ingresos a través de una propuesta entregada por el Servicio de Impuestos Internos (SII), recibiendo si es que corresponde, la esperada devolución de impuestos. Sin embargo, este hito no está exento de desafíos, ya que la correcta declaración de los impuestos es esencial para evitar retrasos y asegurar una devolución sin complicaciones. En este contexto, los expertos recomiendan poner atención en algunos aspectos para optimizar la experiencia durante esta Operación renta 2025. Erik Escalona, director de la Escuela de Administración y Negocios de la Universidad Bernardo O’Higgins (UBO), entregó algunas recomendaciones importantes para aquellos que buscan hacer más expedita su experiencia, señalando entre otras cosas que “ es crucial que los contribuyentes tomen un tiempo para revisar detalladamente las declaraciones propuestas que ha generado el SII. Algunos pueden calificar para beneficios como los créditos por educación, garantías hipotecarias y el DFL2, y es fundamental que se aseguren de que estas ayudas estén reflejadas correctamente para obtenerlas si corresponde”. Fijarse en las fechas clave Además, el experto indicó que hay que tener claridad de las fechas del proceso, ya que mientras antes se haga el trámite, también se podrá tener antes el depósito de la devolución. Así, quienes envíen sus formularios entre el 1 y el 8 de abril podrán recibir su pago el 25 de abril, siempre que hayan seleccionado depósito bancario como opción para la devolución. En cambio, quienes opten por el cheque deberán esperar hasta el 30 de mayo para recibirlo. En cuanto a las recomendaciones para evitar retrasos en las devoluciones, Escalona subrayó que “para aquellos que esperan una devolución es aconsejable enviar las declaraciones durante la segunda quincena de abril. Esto reduce las probabilidades de enfrentar rechazos o correcciones que pueden dilatar el trámite”. Beneficios y precauciones que hay que tener Otro aspecto relevante es que algunas personas pueden ser elegibles para beneficios específicos como el crédito por educación de los hijos (Art. 55Ter) y los créditos con garantía hipotecaria o el DFL2, los cuales pueden ser incluidos en las declaraciones, pero deben ser revisados cuidadosamente para asegurar que la propuesta del SII refleje correctamente estos beneficios. En ese sentido, Escalona enfatizó que este proceso de declaración es fundamental no solo para evitar sanciones, sino también para maximizar los beneficios tributarios a los que se puede acceder. “ Es importante estar atento a los detalles, pues un error o una omisión podría afectar la solicitud o incluso generar una observación del SII”, indicó el experto. Para apoyar el trámite el SII también habilitó en su sitio web una plataforma interactiva que busca facilitar el cumplimiento tributario. Esta herramienta está dirigida tanto a personas naturales como a empresas y emprendedores, y ofrece orientación sobre cómo completar las declaraciones y hacer frente a cualquier inconveniente. Por su parte, la UBO estará realizando asesorías gratuitas abiertas a la comunidad, tanto presenciales como online, para guiar a la comunidad. Fuente: Publimetro
Comienza abril y también comienza el periodo para hacer la declaración de renta ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) , trámite que se puede realizar en línea en el sitio web del servicio y que mientras antes se haga es mucho mejor, ya que quienes envíen sus declaraciones entre el 1 el 8 de abril podrán recibir la esperada devolución de impuestos -si es que corresponde- desde el 25 de abril en sus cuentas bancarias. Y es que desde hace unos días, el SII anunció estar preparado para recibir más de 4.850.000 declaraciones durante la Operación Renta 2025, por lo que tal como todos los años, desde este martes 1 de abril los contribuyentes pueden enviar la propuesta de declaración al servicio. De acuerdo a lo indicado por el SII, los contribuyentes que deben declarar renta de forma obligatoria son quienes: - Realizaron actividades afectas a impuesto único o global complementario durante el año anterior. - Obtuvieron ingresos superiores a $6.500.000 durante ese mismo período. - Recibieron más de una remuneración mensual superior a $2.500.000 cada una. De esta manera, quienes realicen su declaración en el primer período, entre el 1 y hasta el 8 de abril, recibirán su devolución de impuestos el 25 de abril si optan por transferencia electrónica. En ese sentido, el llamado del SII a los contribuyentes fue a revisar la información entregada por los agentes retenedores y, si esta es correcta, enviar su Declaración de Renta con anticipación. Fuente: Publimetro
Quedan pocos días para el envío de declaraciones de impuestos por la Operación Renta 2025 . En este contexto, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha proporcionado información relevante acerca de las novedades de este año y las fechas para las esperadas devoluciones de impuestos. Desde el 27 de marzo, los contribuyentes pueden acceder a las propuestas de declaración de impuestos generadas por el SII. El proceso de envío de estas declaraciones se habilitará a partir del 1 de abril, permitiendo a los usuarios presentar su información tributaria. Los contribuyentes que realicen el envío de su declaración entre el 1 y el 8 de abril podrán recibir las primeras devoluciones de impuestos el viernes 25 de abril. Es importante señalar que esta fecha aplica solo para quienes seleccionen la opción de depósito bancario para la devolución. Aquellos que opten por el cheque recibirán su pago el viernes 30 de mayo. En cuanto a las fechas clave para quienes declaren en otros plazos, el SII ha establecido lo siguiente: Empresas: Todas deben declarar. Personas con ingresos anuales superiores a $10.900.000: (excepto si provienen un solo empleador). Más un empleador o pagador en año. Trabajadores honorarios: Opción cobertura parcial cotizaciones previsionales. Cobradores Préstamo Solidario 2020-2021: Pago cuotas obligatorio. Nuevos emprendedores iniciaron actividades en 2024: Ingresos ventas productos servicios. No pierdas tiempo y asegúrate cumplir con tus obligaciones tributarias antes que finalice este plazo crucial. ¡Prepara tu declaración ahora! Fuente: Publimetro
A partir de este mes, enero de 2025, comenzó a regir el denominado “ límite de las 50 transferencias ” bancarias, que estableció el Servicio de Impuestos Internos (SII) en el marco de la Ley 21.713 de Cumplimiento Bancario , y que busca castigar la evasión y elusión tributaria, por lo que todas las personas que venden algún producto o prestan algún servicio tienen que formalizar sus negocios. En ese sentido, las instituciones bancarias y financieras tiene la obligación de informar al SII sobre las cuentas que reciban más de 50 transferencias de distintas personas en un mes, o más de 100 transferencias de personas diferentes en seis meses, todo de manera semestral. De esta forma, se realizará dicho informe en los meses de julio -que reportarán las transferencias del primer semestre-, y de enero -que entregará el informe de las transacciones del segundo semestre del año anterior-. Esta iniciativa busca detectar la informalidad de los negocios y a quienes no cumplen con sus obligaciones tributarias, por lo que afecta directamente a quienes: Toda persona que ejerce algún tipo de comercio debe iniciar actividades y entregar boleta -que incluye el IVA-, realizando además la declaración respectiva hasta el día 20 de cada mes ante el SII. Fuente: Publimetro
Este jueves, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dictó una resolución que refuerza el control al uso indebido de facturas por compras personales en supermercados y restaurantes. Así, se restringirá su uso de forma exclusiva a la compra de bienes o servicios relacionados directamente con el giro o actividad del comprador, que son las únicas que dan derecho al crédito fiscal IVA. En detalle, el organismo, con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, decreta de manera expresa que este tipo de recintos deberán emitir boletas de ventas y servicios para todas las transacciones realizadas con consumidores finales. Asimismo, se estableció que en los supermercados no se preguntará si el comprador opta por boleta o factura. Desde marzo, habrá una fila específica para quienes opten por este mecanismo.Además, si los supermercados cuentan con más de diez cajas habilitadas para pago, sólo podrán disponer del 10% del total para la emisión de facturas. De lo contrario, deberán destinar una de ellas que también emitan boletas. Por otra parte, en los restaurantes se prohibirá la emisión de facturas en actividades personales o familiares.Con el objetivo que se cumpla esta medida, el SII estableció que los supermercados y restaurantes deberán emitir boletas de ventas para todas las transacciones que se realicen con consumidores finales. Cabe señalar, que el restaurante o supermercado que incumpla la obligación de otorgar el documento tributario que corresponda, podrá ser sancionado con una multa del 50% al 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA. Sumado a ello, arriesga la clausura de hasta 20 días del establecimiento o sucursal donde se cometió la infracción. En tanto, el comprador que no exija la emisión de la documentación tributaria que corresponda, podrá ser sancionado con una multa de hasta 20 UTM. Con todo, las medidas entrena en vigencia desde el próximo 1 de marzo. [EMISIÓN DE FACTURAS EN SUPERMERCADOS Y RESTAURANTES]: Con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, el SII dictó hoy una resolución que reitera las exigencias legales para la emisión de facturas en supermercados y restaurantes. pic.twitter.com/xqoJHMt9GW — SII (@SII_Chile) December 19, 2024
Ya comenzó la Operación renta 2025, periodo en el que millones de contribuyentes deben declarar sus ingresos a través de una propuesta entregada por el Servicio de Impuestos Internos (SII), recibiendo si es que corresponde, la esperada devolución de impuestos. Sin embargo, este hito no está exento de desafíos, ya que la correcta declaración de los impuestos es esencial para evitar retrasos y asegurar una devolución sin complicaciones. En este contexto, los expertos recomiendan poner atención en algunos aspectos para optimizar la experiencia durante esta Operación renta 2025. Erik Escalona, director de la Escuela de Administración y Negocios de la Universidad Bernardo O’Higgins (UBO), entregó algunas recomendaciones importantes para aquellos que buscan hacer más expedita su experiencia, señalando entre otras cosas que “ es crucial que los contribuyentes tomen un tiempo para revisar detalladamente las declaraciones propuestas que ha generado el SII. Algunos pueden calificar para beneficios como los créditos por educación, garantías hipotecarias y el DFL2, y es fundamental que se aseguren de que estas ayudas estén reflejadas correctamente para obtenerlas si corresponde”. Fijarse en las fechas clave Además, el experto indicó que hay que tener claridad de las fechas del proceso, ya que mientras antes se haga el trámite, también se podrá tener antes el depósito de la devolución. Así, quienes envíen sus formularios entre el 1 y el 8 de abril podrán recibir su pago el 25 de abril, siempre que hayan seleccionado depósito bancario como opción para la devolución. En cambio, quienes opten por el cheque deberán esperar hasta el 30 de mayo para recibirlo. En cuanto a las recomendaciones para evitar retrasos en las devoluciones, Escalona subrayó que “para aquellos que esperan una devolución es aconsejable enviar las declaraciones durante la segunda quincena de abril. Esto reduce las probabilidades de enfrentar rechazos o correcciones que pueden dilatar el trámite”. Beneficios y precauciones que hay que tener Otro aspecto relevante es que algunas personas pueden ser elegibles para beneficios específicos como el crédito por educación de los hijos (Art. 55Ter) y los créditos con garantía hipotecaria o el DFL2, los cuales pueden ser incluidos en las declaraciones, pero deben ser revisados cuidadosamente para asegurar que la propuesta del SII refleje correctamente estos beneficios. En ese sentido, Escalona enfatizó que este proceso de declaración es fundamental no solo para evitar sanciones, sino también para maximizar los beneficios tributarios a los que se puede acceder. “ Es importante estar atento a los detalles, pues un error o una omisión podría afectar la solicitud o incluso generar una observación del SII”, indicó el experto. Para apoyar el trámite el SII también habilitó en su sitio web una plataforma interactiva que busca facilitar el cumplimiento tributario. Esta herramienta está dirigida tanto a personas naturales como a empresas y emprendedores, y ofrece orientación sobre cómo completar las declaraciones y hacer frente a cualquier inconveniente. Por su parte, la UBO estará realizando asesorías gratuitas abiertas a la comunidad, tanto presenciales como online, para guiar a la comunidad. Fuente: Publimetro
Comienza abril y también comienza el periodo para hacer la declaración de renta ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) , trámite que se puede realizar en línea en el sitio web del servicio y que mientras antes se haga es mucho mejor, ya que quienes envíen sus declaraciones entre el 1 el 8 de abril podrán recibir la esperada devolución de impuestos -si es que corresponde- desde el 25 de abril en sus cuentas bancarias. Y es que desde hace unos días, el SII anunció estar preparado para recibir más de 4.850.000 declaraciones durante la Operación Renta 2025, por lo que tal como todos los años, desde este martes 1 de abril los contribuyentes pueden enviar la propuesta de declaración al servicio. De acuerdo a lo indicado por el SII, los contribuyentes que deben declarar renta de forma obligatoria son quienes: - Realizaron actividades afectas a impuesto único o global complementario durante el año anterior. - Obtuvieron ingresos superiores a $6.500.000 durante ese mismo período. - Recibieron más de una remuneración mensual superior a $2.500.000 cada una. De esta manera, quienes realicen su declaración en el primer período, entre el 1 y hasta el 8 de abril, recibirán su devolución de impuestos el 25 de abril si optan por transferencia electrónica. En ese sentido, el llamado del SII a los contribuyentes fue a revisar la información entregada por los agentes retenedores y, si esta es correcta, enviar su Declaración de Renta con anticipación. Fuente: Publimetro
Quedan pocos días para el envío de declaraciones de impuestos por la Operación Renta 2025 . En este contexto, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha proporcionado información relevante acerca de las novedades de este año y las fechas para las esperadas devoluciones de impuestos. Desde el 27 de marzo, los contribuyentes pueden acceder a las propuestas de declaración de impuestos generadas por el SII. El proceso de envío de estas declaraciones se habilitará a partir del 1 de abril, permitiendo a los usuarios presentar su información tributaria. Los contribuyentes que realicen el envío de su declaración entre el 1 y el 8 de abril podrán recibir las primeras devoluciones de impuestos el viernes 25 de abril. Es importante señalar que esta fecha aplica solo para quienes seleccionen la opción de depósito bancario para la devolución. Aquellos que opten por el cheque recibirán su pago el viernes 30 de mayo. En cuanto a las fechas clave para quienes declaren en otros plazos, el SII ha establecido lo siguiente: Empresas: Todas deben declarar. Personas con ingresos anuales superiores a $10.900.000: (excepto si provienen un solo empleador). Más un empleador o pagador en año. Trabajadores honorarios: Opción cobertura parcial cotizaciones previsionales. Cobradores Préstamo Solidario 2020-2021: Pago cuotas obligatorio. Nuevos emprendedores iniciaron actividades en 2024: Ingresos ventas productos servicios. No pierdas tiempo y asegúrate cumplir con tus obligaciones tributarias antes que finalice este plazo crucial. ¡Prepara tu declaración ahora! Fuente: Publimetro
A partir de este mes, enero de 2025, comenzó a regir el denominado “ límite de las 50 transferencias ” bancarias, que estableció el Servicio de Impuestos Internos (SII) en el marco de la Ley 21.713 de Cumplimiento Bancario , y que busca castigar la evasión y elusión tributaria, por lo que todas las personas que venden algún producto o prestan algún servicio tienen que formalizar sus negocios. En ese sentido, las instituciones bancarias y financieras tiene la obligación de informar al SII sobre las cuentas que reciban más de 50 transferencias de distintas personas en un mes, o más de 100 transferencias de personas diferentes en seis meses, todo de manera semestral. De esta forma, se realizará dicho informe en los meses de julio -que reportarán las transferencias del primer semestre-, y de enero -que entregará el informe de las transacciones del segundo semestre del año anterior-. Esta iniciativa busca detectar la informalidad de los negocios y a quienes no cumplen con sus obligaciones tributarias, por lo que afecta directamente a quienes: Toda persona que ejerce algún tipo de comercio debe iniciar actividades y entregar boleta -que incluye el IVA-, realizando además la declaración respectiva hasta el día 20 de cada mes ante el SII. Fuente: Publimetro
Este jueves, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dictó una resolución que refuerza el control al uso indebido de facturas por compras personales en supermercados y restaurantes. Así, se restringirá su uso de forma exclusiva a la compra de bienes o servicios relacionados directamente con el giro o actividad del comprador, que son las únicas que dan derecho al crédito fiscal IVA. En detalle, el organismo, con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, decreta de manera expresa que este tipo de recintos deberán emitir boletas de ventas y servicios para todas las transacciones realizadas con consumidores finales. Asimismo, se estableció que en los supermercados no se preguntará si el comprador opta por boleta o factura. Desde marzo, habrá una fila específica para quienes opten por este mecanismo.Además, si los supermercados cuentan con más de diez cajas habilitadas para pago, sólo podrán disponer del 10% del total para la emisión de facturas. De lo contrario, deberán destinar una de ellas que también emitan boletas. Por otra parte, en los restaurantes se prohibirá la emisión de facturas en actividades personales o familiares.Con el objetivo que se cumpla esta medida, el SII estableció que los supermercados y restaurantes deberán emitir boletas de ventas para todas las transacciones que se realicen con consumidores finales. Cabe señalar, que el restaurante o supermercado que incumpla la obligación de otorgar el documento tributario que corresponda, podrá ser sancionado con una multa del 50% al 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA. Sumado a ello, arriesga la clausura de hasta 20 días del establecimiento o sucursal donde se cometió la infracción. En tanto, el comprador que no exija la emisión de la documentación tributaria que corresponda, podrá ser sancionado con una multa de hasta 20 UTM. Con todo, las medidas entrena en vigencia desde el próximo 1 de marzo. [EMISIÓN DE FACTURAS EN SUPERMERCADOS Y RESTAURANTES]: Con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, el SII dictó hoy una resolución que reitera las exigencias legales para la emisión de facturas en supermercados y restaurantes. pic.twitter.com/xqoJHMt9GW — SII (@SII_Chile) December 19, 2024