2 de enero de 2025
A partir de este mes, enero de 2025, comenzó a regir el denominado “límite de las 50 transferencias” bancarias, que estableció el Servicio de Impuestos Internos (SII) en el marco de la Ley 21.713 de Cumplimiento Bancario, y que busca castigar la evasión y elusión tributaria, por lo que todas las personas que venden algún producto o prestan algún servicio tienen que formalizar sus negocios.
En ese sentido, las instituciones bancarias y financieras tiene la obligación de informar al SII sobre las cuentas que reciban más de 50 transferencias de distintas personas en un mes, o más de 100 transferencias de personas diferentes en seis meses, todo de manera semestral.
De esta forma, se realizará dicho informe en los meses de julio -que reportarán las transferencias del primer semestre-, y de enero -que entregará el informe de las transacciones del segundo semestre del año anterior-.
Esta iniciativa busca detectar la informalidad de los negocios y a quienes no cumplen con sus obligaciones tributarias, por lo que afecta directamente a quienes: