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Universidad gana caso judicial por reprobar práctica profesional
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Universidad gana caso judicial por reprobar práctica profesional

La Corte falló a favor de la institución educativa al determinar que la estudiante no cumplió con el reglamento establecido para la práctica profesional.

1 de octubre de 2024

Un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago ha puesto fin a una disputa entre una estudiante de Psicología y la Universidad Andrés Bello, tras la reprobación de su práctica profesional. La joven acudió al Tribunal para interponer un recurso de protección tras la medida, sin embargo, éste falló a favor de la institución educativa, rechazando la medida.

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La estudiante, quien cursaba la carrera bajo la modalidad “Advance”, diseñada para quienes desean compatibilizar estudios y trabajo, llegó hasta la Justicia alegando que la universidad no tuvo en cuenta su situación personal y familiar al reprobarla por inasistencia. Según explicó ante la Corte, en marzo de 2021 firmó un contrato con la institución para iniciar el programa de Psicología, y en 2024, ajustó su jornada laboral para comenzar su práctica profesional. Sin embargo, surgió un conflicto en torno a la asistencia a una clase de supervisión, la cual es parte fundamental del proceso de práctica.

Inicialmente, la universidad había autorizado su solicitud de asistir a dicha clase de manera remota, debido a sus compromisos laborales y familiares, ya que es madre de dos hijos, cuida de su madre adulta mayor y de su hermana en situación de discapacidad. No obstante, la estudiante no cumplió con la asistencia y fue reprobada por inasistencia injustificada. Ante esto, argumentó que la institución no había considerado adecuadamente sus problemas personales, lo que la llevó a interponer el recurso de protección.

Por su parte, la Universidad Andrés Bello defendió su decisión, indicando que la estudiante había firmado varios contratos a lo largo de su carrera, comprometiéndose a cumplir con el reglamento interno, que estipula la obligatoriedad de asistencia al 100% a las reuniones de supervisión docente. En este sentido, la universidad argumentó que, pese a haber otorgado permisos especiales a la estudiante, ésta incumplió con las normativas establecidas.

Finalmente, tras la denuncia, la Corte de Apelaciones resolvió respaldar la decisión de la Universidad. En el fallo, señalaron que “el establecimiento educacional para reprobar la práctica profesional de la recurrente esgrimió razones legales y reglamentarias, dictadas bajo el amparo de la autonomía universitaria y que la recurrente declaró conocer y respetar”. Además, subrayó que la universidad actuó en el marco de su autonomía y que las normativas de la institución eran conocidas por la estudiante al momento de su inscripción.

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