El pasado 10 de octubre, la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a Consuelo Ulloa, conocida como Miau Astral, que se abstenga de enviar correos electrónicos o realizar publicaciones en redes sociales en contra del músico Sergio Infante, quien la había denunciado por acoso. Este fallo cierra una batalla legal que comenzó a finales de mayo, cuando Infante interpuso una querella por hostigamiento y persecución. PUBLICIDAD La corte argumentó que los actos cometidos por Ulloa atentaron contra las garantías fundamentales de Infante, específicamente su integridad psíquica y su honra. La sentencia fue clara: “Se puede constatar una reacción y un comportamiento inadecuado y abusivo por parte de la Sra. Ulloa”, citando el fallo. Según la corte, los correos enviados por Ulloa fluctuaban entre tonos románticos y agresivos, incluyendo insultos y diagnósticos psiquiátricos no profesionales, hasta derivar en “funa” pública a través de las redes sociales. La respuesta de Miau Astral Pese a la contundencia del fallo en su contra, Ulloa no dudó en dar su versión de los hechos. En una publicación hecha en sus redes sociales, la astróloga comentó: “Lo que yo publiqué corresponde a hechos que me narraron otras mujeres respecto al actuar irresponsable de quien me denunció”. Además, Ulloa expresó su inconformidad con el fallo al no incluir los supuestos abusos que ella misma habría sufrido tras el estallido mediático del caso. “El fallo no habla del acoso que he recibido yo luego de este escándalo; de las notas de prensa donde se me ha denigrado o caricaturizado, ni menciona las groserías que he recibido en mis redes sociales, incluyendo acoso sexual” , afirmó. Según ella, estos ataques son públicos y pudieron haber sido examinados en el proceso. En su declaración, Ulloa también quiso ir más allá del caso en particular, vinculando su situación con un contexto más amplio de violencias de género. “Es lo que nos ocurre a las mujeres cuando denunciamos, cuando nos atrevemos a hablar de las violencias que los hombres ejercen en contra de nosotras”, afirmó. Sin embargo, añadió que respetaría la decisión de la justicia y no apelaría el fallo. “Respeto a la justicia y las instituciones, y por tanto acataré el fallo sin apelar”, escribió. Además, manifestó su deseo de cerrar este capítulo de su vida: “No me interesa seguir dándole vueltas a una relación de pareja que está superada en mi vida. Si bien sostengo que el daño que se me ha causado ha sido mayor, quiero cerrar este capítulo doloroso en mi vida, y seguir adelante”. Ver esta publicación en Instagram Una publicación compartida por Consuelo Ulloa 🐈🌠 (@miauastral) Los antecedentes del caso Sergio Infante, denunciante de la influencer, interpuso en marzo de este año, una denuncia en contra de la influencer por reiterado hostigamiento. Esto, luego de que se conocieran por medio de la aplicación de citas Bumble y tuvieran un par de encuentros. Tras esto, la influencer le habría manifestado su idea de cancelar sus planes de mudarse a México y quedarte junto a Infante, pese a que él le manifestó que no era necesario. PUBLICIDAD “Reforzó lo que él ya había manifestado durante sus dos encuentros y en la aplicación de citas, que no buscaba una relación seria. Ante su respuesta, Ulloa Bittar se mostró violenta e iracunda, y esbozó la posibilidad de realizar una funa por redes sociales en su contra”, señala el escrito. La corte comprobó que Ulloa envió alrededor de 100 correos en un corto período, incluyendo 12 en un solo día. Infante, por su parte, respondió en solo dos ocasiones, pidiendo que cesara el acoso. La mayoría de los correos, según el fallo, contenían un lenguaje “grosero, denostativo, humillante y vulgar” en contra de Infante, situación que fue reconocida por la propia Ulloa durante el proceso judicial. Más allá de los correos, Ulloa también utilizó sus redes sociales para funar a Infante, calificándolo públicamente con términos como “narciso”, “psicópata”, y “violento”. La corte fue contundente al declarar que el uso de redes para difamarlo de esa manera es ilegal: “Resulta ilegal que la recurrida advierta por medio de una red social a terceros ajenos un actuar reprochable, y en algunos aspectos supuestamente inmoral e ilegal del recurrente”.
Con las funas a la orden del día, aprovechando el alcance de las redes sociales, una empresa de Magallanes decidió viralizar en su cuenta de Facebook a un cliente que no pagó una caja de pollos cuyo valor era cercano a los 40 mil pesos. Pero, lo que no sabían fue que el error había sido de la cajera, quien no digitó el monto. PUBLICIDAD Producto de ello, al verse publicado en Internet, el hombre regresó al local a preguntar por qué lo estaban funando si él no había hecho nada malo, momento cuando descubrieron que efectivamente era inocente. Al revisar las imágenes quedó en evidencia que fue por una negligencia de la trabajadora, la cual no había sido evidenciada por el cliente, puesto que al momento de pagar se ve que estaba concentrado en guardar toda la mercadería. Zanjada la confusión, el hombre decidió ir más allá e interpuso una denuncia al Sernac puesto que su imagen se había visto perjudicada, pero la respuesta de la distribuidora Tierra del Fuego aumentó su molestia, puesto que dijeron que la difusión de fotos era la manera de contactar a los clientes para saldar las deudas. “La empresa respondió que tiene como política entregar las imágenes a los empleados para que contacten a los clientes si hubo un error en el cobro. La difusión se hace como medida para localizar o buscar al cliente, pero en ningún caso era la idea perjudicar o dañar la imagen”, fue la respuesta que entregaron al Servicio Nacional del Consumidor. Empresa arriesga millonaria multa Con esto, el Sernac decidió presentar una denuncia formal en el Primer Juzgado de Policía Local de Punta Arenas, “por vulnerar el derecho básico e irrenunciable al respeto a la seguridad en el consumo (Art. 3), que imponen la obligación de proteger al consumidor, lo que incluye la dignidad personal”, indicó Bío Bío. Además, por infringir “la obligación de respetar la dignidad y derechos de las personas a través de sus sistemas de seguridad y vigilancia” (Art. 15) y “por incumplir el deber de profesionalidad, actuando con negligencia y causando menoscabo al consumidor” (Art.23). Con esto, la distribuidora arriesga una multa de hasta 300 UTM, por cada una de las infracciones, es decir, 900 UTM, equivalentes a cerca de 60 millones de pesos, agregó el citado medio.
El pasado 10 de octubre, la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a Consuelo Ulloa, conocida como Miau Astral, que se abstenga de enviar correos electrónicos o realizar publicaciones en redes sociales en contra del músico Sergio Infante, quien la había denunciado por acoso. Este fallo cierra una batalla legal que comenzó a finales de mayo, cuando Infante interpuso una querella por hostigamiento y persecución. PUBLICIDAD La corte argumentó que los actos cometidos por Ulloa atentaron contra las garantías fundamentales de Infante, específicamente su integridad psíquica y su honra. La sentencia fue clara: “Se puede constatar una reacción y un comportamiento inadecuado y abusivo por parte de la Sra. Ulloa”, citando el fallo. Según la corte, los correos enviados por Ulloa fluctuaban entre tonos románticos y agresivos, incluyendo insultos y diagnósticos psiquiátricos no profesionales, hasta derivar en “funa” pública a través de las redes sociales. La respuesta de Miau Astral Pese a la contundencia del fallo en su contra, Ulloa no dudó en dar su versión de los hechos. En una publicación hecha en sus redes sociales, la astróloga comentó: “Lo que yo publiqué corresponde a hechos que me narraron otras mujeres respecto al actuar irresponsable de quien me denunció”. Además, Ulloa expresó su inconformidad con el fallo al no incluir los supuestos abusos que ella misma habría sufrido tras el estallido mediático del caso. “El fallo no habla del acoso que he recibido yo luego de este escándalo; de las notas de prensa donde se me ha denigrado o caricaturizado, ni menciona las groserías que he recibido en mis redes sociales, incluyendo acoso sexual” , afirmó. Según ella, estos ataques son públicos y pudieron haber sido examinados en el proceso. En su declaración, Ulloa también quiso ir más allá del caso en particular, vinculando su situación con un contexto más amplio de violencias de género. “Es lo que nos ocurre a las mujeres cuando denunciamos, cuando nos atrevemos a hablar de las violencias que los hombres ejercen en contra de nosotras”, afirmó. Sin embargo, añadió que respetaría la decisión de la justicia y no apelaría el fallo. “Respeto a la justicia y las instituciones, y por tanto acataré el fallo sin apelar”, escribió. Además, manifestó su deseo de cerrar este capítulo de su vida: “No me interesa seguir dándole vueltas a una relación de pareja que está superada en mi vida. Si bien sostengo que el daño que se me ha causado ha sido mayor, quiero cerrar este capítulo doloroso en mi vida, y seguir adelante”. Ver esta publicación en Instagram Una publicación compartida por Consuelo Ulloa 🐈🌠 (@miauastral) Los antecedentes del caso Sergio Infante, denunciante de la influencer, interpuso en marzo de este año, una denuncia en contra de la influencer por reiterado hostigamiento. Esto, luego de que se conocieran por medio de la aplicación de citas Bumble y tuvieran un par de encuentros. Tras esto, la influencer le habría manifestado su idea de cancelar sus planes de mudarse a México y quedarte junto a Infante, pese a que él le manifestó que no era necesario. PUBLICIDAD “Reforzó lo que él ya había manifestado durante sus dos encuentros y en la aplicación de citas, que no buscaba una relación seria. Ante su respuesta, Ulloa Bittar se mostró violenta e iracunda, y esbozó la posibilidad de realizar una funa por redes sociales en su contra”, señala el escrito. La corte comprobó que Ulloa envió alrededor de 100 correos en un corto período, incluyendo 12 en un solo día. Infante, por su parte, respondió en solo dos ocasiones, pidiendo que cesara el acoso. La mayoría de los correos, según el fallo, contenían un lenguaje “grosero, denostativo, humillante y vulgar” en contra de Infante, situación que fue reconocida por la propia Ulloa durante el proceso judicial. Más allá de los correos, Ulloa también utilizó sus redes sociales para funar a Infante, calificándolo públicamente con términos como “narciso”, “psicópata”, y “violento”. La corte fue contundente al declarar que el uso de redes para difamarlo de esa manera es ilegal: “Resulta ilegal que la recurrida advierta por medio de una red social a terceros ajenos un actuar reprochable, y en algunos aspectos supuestamente inmoral e ilegal del recurrente”.
Con las funas a la orden del día, aprovechando el alcance de las redes sociales, una empresa de Magallanes decidió viralizar en su cuenta de Facebook a un cliente que no pagó una caja de pollos cuyo valor era cercano a los 40 mil pesos. Pero, lo que no sabían fue que el error había sido de la cajera, quien no digitó el monto. PUBLICIDAD Producto de ello, al verse publicado en Internet, el hombre regresó al local a preguntar por qué lo estaban funando si él no había hecho nada malo, momento cuando descubrieron que efectivamente era inocente. Al revisar las imágenes quedó en evidencia que fue por una negligencia de la trabajadora, la cual no había sido evidenciada por el cliente, puesto que al momento de pagar se ve que estaba concentrado en guardar toda la mercadería. Zanjada la confusión, el hombre decidió ir más allá e interpuso una denuncia al Sernac puesto que su imagen se había visto perjudicada, pero la respuesta de la distribuidora Tierra del Fuego aumentó su molestia, puesto que dijeron que la difusión de fotos era la manera de contactar a los clientes para saldar las deudas. “La empresa respondió que tiene como política entregar las imágenes a los empleados para que contacten a los clientes si hubo un error en el cobro. La difusión se hace como medida para localizar o buscar al cliente, pero en ningún caso era la idea perjudicar o dañar la imagen”, fue la respuesta que entregaron al Servicio Nacional del Consumidor. Empresa arriesga millonaria multa Con esto, el Sernac decidió presentar una denuncia formal en el Primer Juzgado de Policía Local de Punta Arenas, “por vulnerar el derecho básico e irrenunciable al respeto a la seguridad en el consumo (Art. 3), que imponen la obligación de proteger al consumidor, lo que incluye la dignidad personal”, indicó Bío Bío. Además, por infringir “la obligación de respetar la dignidad y derechos de las personas a través de sus sistemas de seguridad y vigilancia” (Art. 15) y “por incumplir el deber de profesionalidad, actuando con negligencia y causando menoscabo al consumidor” (Art.23). Con esto, la distribuidora arriesga una multa de hasta 300 UTM, por cada una de las infracciones, es decir, 900 UTM, equivalentes a cerca de 60 millones de pesos, agregó el citado medio.