Si bien el controvertido documento de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) de Argentina fue publicado en enero pasado, recién se conoció públicamente este jueves, generando la molestia de diversas organizaciones que trabajan con personas con discapacidad y de derechos humanos. La resolución tenía por objetivo definir los criterios médicos” para medir la invalidez laboral, requisito dispuesto desde septiembre de 2024 para quienes perciben pensiones no contributivas en el país trasandino. Sin embargo, en el anexo I de la “Normativa para la evaluación médica de invalidez” se clasificó a las personas según su coeficiente intelectual (CI) utilizando categorías como “idiota” (CI 0-30), “imbécil” (CI 30-50) y “débil mental”, el cual puede ser de caracter leve, moderado o profundo; determinando que “le corresponde pensión a los que presentan debilidad mental profunda o mayor”. El decreto elaborado por el Gobierno de Javier Miei, buscaría evitar fraudes en el otorgamiento de beneficios estatales, fijando criterios médicos rigurosos para determinar la incapacidad laboral total y permanente de una persona. Organizaciones en contra Tras conocerse el decreto del Gobierno de Argentina la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), en compañia de otras organizaciones, interpusieron el 3 de febrero pasado un reclamo administrativo solicitando que la Andis derogara la normativa “por violar los derechos de las personas con discapacidad”. El abogado de ACIJ, Eduardo Quiroga, sostuvo que estas expresiones “refuerzan la discriminación histórica” y son contrarias a los deberes del Estado en materia de derechos humanos. Para Gabriela Troiano, presidenta de REDI, los términos usados por el Gobierno de Milei son un “acto de violencia institucional sin precedentes”, que solo dan cuenta de un “profundo desconocimiento” de las leyes vigentes y la dignidad de las personas con discapacidad. Además, afirman que la resolución “ atenta de modo flagrante contra la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, tratado internacional con jerarquía constitucional en nuestro país (ley 27.044), poniendo en grave riesgo derechos humanos fundamentales”, ya que el Estado mide la “invalidez” recurriendo a criterios médicos que desconocen “el modelo social de la discapacidad”, tomado por la Convención. “Según este modelo, la discapacidad se entiende como la interacción entre las características de la persona y las barreras presentes en su entorno, por lo que no se pone el foco en ella ni en su ´deficiencia´, ni se pretende ´normalizarla´ a través de tratamientos médicos (como sí hace el modelo médico), sino que se pone el foco en la comunidad y en el Estado, que deben transformarse para asegurar la participación plena de las personas con discapacidad”, agregó Gabriela Troiano. Fuente: Publimetro
A 5 años de cárcel fueron condenados por el Juzgado de Garantía de Iquique, dos exfuncionarios de la Armada imputados por la Fiscalía como cómplices del delito de homicidio de un hombre con discapacidad y en situación de calle, quien murió a causa de las lesiones tras una golpiza recibida el pasado 19 de mayo de 2023. La víctima, a quien le faltaba una pierna y usaba muletas , fue agredida en la intersección de las calles Ramírez con Tarapacá, en la ciudad de Iquique. En la ocasión, la Armada confirmó que los “ tres servidores navales de dotación de la Fragata Cochrane, unidad dependiente de la Comandancia en Jefe de la Escuadra, se vieron involucrados en una agresión física contra un tercero, quien fue trasladado a un centro asistencial, falleciendo posteriormente”. El fiscal Francisco Almazán explicó que en el procedimiento abreviado llevado a cabo en el Juzgado de Garantía de Iquique, los acusados “Percy Cruces Gutiérrez y Bastián Ferreira Matus aceptaron su responsabilidad como cómplices del ataque que causó la muerte del hombre Milton Domínguez Moreno. Asimismo, se detalló que “ese día los imputados estaban en comisión y habían visitado varios locales nocturnos antes del incidente. Según los antecedentes del caso, la víctima falleció “producto de un traumatismo encéfalo craneano complicado”, según informes médicos. Se informó además que “con el acuerdo los abogados querellantes resolvieron condenar a los dos acusados a las penas correspondientes. La Fiscalía detalló que por el caso aún hay otros dos imputados, a quienes se les formalizó cargos como autores del homicidio y por lo cual irán a juicio oral. Fuente: Publimetro
Si bien el controvertido documento de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) de Argentina fue publicado en enero pasado, recién se conoció públicamente este jueves, generando la molestia de diversas organizaciones que trabajan con personas con discapacidad y de derechos humanos. La resolución tenía por objetivo definir los criterios médicos” para medir la invalidez laboral, requisito dispuesto desde septiembre de 2024 para quienes perciben pensiones no contributivas en el país trasandino. Sin embargo, en el anexo I de la “Normativa para la evaluación médica de invalidez” se clasificó a las personas según su coeficiente intelectual (CI) utilizando categorías como “idiota” (CI 0-30), “imbécil” (CI 30-50) y “débil mental”, el cual puede ser de caracter leve, moderado o profundo; determinando que “le corresponde pensión a los que presentan debilidad mental profunda o mayor”. El decreto elaborado por el Gobierno de Javier Miei, buscaría evitar fraudes en el otorgamiento de beneficios estatales, fijando criterios médicos rigurosos para determinar la incapacidad laboral total y permanente de una persona. Organizaciones en contra Tras conocerse el decreto del Gobierno de Argentina la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), en compañia de otras organizaciones, interpusieron el 3 de febrero pasado un reclamo administrativo solicitando que la Andis derogara la normativa “por violar los derechos de las personas con discapacidad”. El abogado de ACIJ, Eduardo Quiroga, sostuvo que estas expresiones “refuerzan la discriminación histórica” y son contrarias a los deberes del Estado en materia de derechos humanos. Para Gabriela Troiano, presidenta de REDI, los términos usados por el Gobierno de Milei son un “acto de violencia institucional sin precedentes”, que solo dan cuenta de un “profundo desconocimiento” de las leyes vigentes y la dignidad de las personas con discapacidad. Además, afirman que la resolución “ atenta de modo flagrante contra la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, tratado internacional con jerarquía constitucional en nuestro país (ley 27.044), poniendo en grave riesgo derechos humanos fundamentales”, ya que el Estado mide la “invalidez” recurriendo a criterios médicos que desconocen “el modelo social de la discapacidad”, tomado por la Convención. “Según este modelo, la discapacidad se entiende como la interacción entre las características de la persona y las barreras presentes en su entorno, por lo que no se pone el foco en ella ni en su ´deficiencia´, ni se pretende ´normalizarla´ a través de tratamientos médicos (como sí hace el modelo médico), sino que se pone el foco en la comunidad y en el Estado, que deben transformarse para asegurar la participación plena de las personas con discapacidad”, agregó Gabriela Troiano. Fuente: Publimetro
A 5 años de cárcel fueron condenados por el Juzgado de Garantía de Iquique, dos exfuncionarios de la Armada imputados por la Fiscalía como cómplices del delito de homicidio de un hombre con discapacidad y en situación de calle, quien murió a causa de las lesiones tras una golpiza recibida el pasado 19 de mayo de 2023. La víctima, a quien le faltaba una pierna y usaba muletas , fue agredida en la intersección de las calles Ramírez con Tarapacá, en la ciudad de Iquique. En la ocasión, la Armada confirmó que los “ tres servidores navales de dotación de la Fragata Cochrane, unidad dependiente de la Comandancia en Jefe de la Escuadra, se vieron involucrados en una agresión física contra un tercero, quien fue trasladado a un centro asistencial, falleciendo posteriormente”. El fiscal Francisco Almazán explicó que en el procedimiento abreviado llevado a cabo en el Juzgado de Garantía de Iquique, los acusados “Percy Cruces Gutiérrez y Bastián Ferreira Matus aceptaron su responsabilidad como cómplices del ataque que causó la muerte del hombre Milton Domínguez Moreno. Asimismo, se detalló que “ese día los imputados estaban en comisión y habían visitado varios locales nocturnos antes del incidente. Según los antecedentes del caso, la víctima falleció “producto de un traumatismo encéfalo craneano complicado”, según informes médicos. Se informó además que “con el acuerdo los abogados querellantes resolvieron condenar a los dos acusados a las penas correspondientes. La Fiscalía detalló que por el caso aún hay otros dos imputados, a quienes se les formalizó cargos como autores del homicidio y por lo cual irán a juicio oral. Fuente: Publimetro