20 de abril de 2025
Desde que empezó a tomar forma el proyecto del nuevo hospital de La Serena, un grupo de vecinos del sector de El Milagro se mostró en contra de la iniciativa, dada las posibles afectaciones que podrían generar las obras, tales como el tránsito de camiones y la polución, entre otras externalidades. Una vez que comenzaron las obras - principalmente el movimiento de tierra - las problemáticas que advirtieron los residentes del sector se hicieron visibles, por lo que presentaron sus reclamos ante distintas instancias, tales como la Corte de Apelaciones y el Primer Tribunal Ambiental.
En ese contexto, la Dirección de Obras Municipales de La Serena ordenó detener los trabajos por el tránsito de camiones y la rotura de la calzada en algunos puntos, situación que fue solucionada en su momento por la empresa, con lo que las obras pudieron reanudarse.
Si bien en la justicia, específicamente en la Corte de Apelaciones de La Serena, los reclamos no tuvieron mayor efecto, estos sí fueron acogidos a trámite por el Primer Tribunal Ambiental, instancia a la que los vecinos le piden que se revise si era pertinente que la iniciativa no ingresara al Servicio de Evaluación Ambiental, tal como lo determinó dicho organismo.
Así, tras haber sido admitida a tramitación, el Primer Tribunal Ambiental programó los alegatos para el próximo 20 de mayo, a las 15:00 horas en Antofagasta. En dicha instancia, los vecinos deberán argumentar el por qué debería haberse presentado un Estudio de Impacto Ambiental, así como también el SEA deberá explicar el motivo por el cual eximió al proyecto de dicha instancia, que es básicamente el motivo del por qué se presentó la reclamación ante la corte especializada.
“EL ESTADO ESTÁ RENUNCIANDO A PROTEGER EL MEDIO AMBIENTE”
En diálogo con Rafael Jordán, abogado que representa a los vecinos del sector, aseguró que “el proyecto del nuevo hospital de La Serena fue excluido de someterse a un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), no porque no generara impactos ambientales, sino simplemente porque se ubica en un terreno clasificado como ‘equipamiento de salud’ por el Plan Regulador Comunal (PRC)”.
Según el profesional, “el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) justificó esta exclusión alegando que, al estar el terreno comprendido dentro de un instrumento de planificación territorial que fue objeto de una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), no sería necesario exigir un EIA para el hospital. Sin embargo, esta interpretación no resiste el menor análisis técnico ni jurídico”, acotó.
En ese sentido, recalcó que “el PRC nunca evaluó el proyecto hospitalario en específico, ni consideró su envergadura, que contempla más de 660 camas, 9 pisos, un flujo estimado de más de 8.500 personas diarias, residuos hospitalarios, materiales radiactivos, intensivo uso de agua, tránsito vehicular y un gigantesco volumen de tierra removida. Nada de eso fue examinado ni previsto en la evaluación ambiental del PRC, por lo tanto, el argumento de la compatibilidad territorial no puede justificar la omisión de una evaluación ambiental del proyecto en sí mismo”.
Por otro lado, el jurista explicó que la propia ley N°19.300, sobre las Bases Generales del Medio Ambiente, en su artículo 11, establece que “todo proyecto que genere o presente riesgo para la salud de la población, efectos adversos significativos sobre los recursos naturales, el medio ambiente o la calidad de vida, debe someterse al SEIA mediante un Estudio de Impacto Ambiental. Es ampliamente reconocido por la literatura especializada y la experiencia internacional, que los hospitales están entre los tipos de infraestructura que más impactos generan en el entorno urbano y ambiental”, puntualizó.
Asimismo, enfatizó en que “interpretar la ley de manera armónica exige aplicar el principio preventivo y el principio precautorio, pilares del derecho ambiental consagrados tanto en la ley 19.300 como en tratados internacionales vigentes en Chile como el Acuerdo de Escazú”.
No obstante, en lugar de aplicar estos principios, afirmó, “el SEA optó por una interpretación excesivamente formalista, permitiendo que el proyecto avance sin ninguna evaluación de sus efectos acumulativos, sin participación ciudadana, sin estudio de impacto vial, sin análisis sobre emisiones, ni gestión clara del botadero de tierra”, sostuvo.
En esa línea, el abogado enfatizó en que “en este caso, el Estado está renunciando anticipadamente a proteger el medio ambiente. Está aceptando que un proyecto de alto impacto avance sin ninguna medida de evaluación ni mitigación, confiando exclusivamente en el uso de suelo y en una opinión técnica que jamás abordó la realidad del proyecto. Este tipo de decisiones debilita la credibilidad del sistema ambiental y transgrede la finalidad misma del SEIA, que no es una barrera burocrática, sino una herramienta de anticipación, control y prevención de daños”.
En esa línea, Jordán aseguró que “la ciudadanía tiene derecho a saber que este hospital no fue evaluado ambientalmente, y que su construcción podría estar generando impactos negativos irreversibles en un barrio residencial sin que ninguna autoridad lo haya prevenido. En lugar de blindar proyectos complejos con argumentos administrativos, el deber del Estado es exigir evaluación, abrir canales de participación, y aplicar la ley en coherencia con sus principios fundantes: prevención, precaución, participación y justicia ambiental”, cerró.
Fuente: DiarioElDia Región